CORREDURÍA PÚBLICA 4

LIC. OTONIEL PEREZ ORTA

 

FUNCION COMO PERITO VALUADOR

Como perito valuador estima, cuantifica y valora los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se someten a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente. El Corredor Público está legalmente facultado para valuar dentro y fuera de procedimientos judiciales, entre otros los siguientes bienes y servicios:

I.- Bienes corpóreos como son: joyas y objetos de arte.
II.- Las empresas en su totalidad para fines de alianzas estratégicas vía fusiones, adquisiciones, asociaciones,
coinversiones, etc.
III.- Activos tangibles: a).- bienes inmuebles: como son terrenos y construcciones: casa-habitación, bodegas, naves industriales, instalaciones
especiales, etc. b).-bienes muebles: como son acciones, partes sociales, maquinaria y equipo industrial, comercial y de
servicios y sus accesorios, automóviles, aviones, embarcaciones, etc.
IV.- Activos intangibles: como son derechos de autor, regalías, marcas registradas, nombres comerciales, autorizaciones de
uso, avisos comerciales y derechos de origen, franquicias, crédito mercantil, derechos de crédito, cuantificación de daños y
perjuicios en materia judicial, etc. Los avalúos efectuados por Corredor Público tienen validez legal de prueba plena en materia mercantil y fiscal.

El Corredor Público como perito valuador es un profesional conocedor del mercado, de las prácticas y usos mercantiles. Sus conocimientos son suficientes para que en materia de valuación pueda estimar, calificar, apreciar o evaluar lo que se someta a su juicio dado su carácter de intermediario calificado, responsable e imparcial.

El Corredor Público al ser justipreciador de aquellos bienes, servicios, derechos y obligaciones emite dictámenes. Dependiendo del tipo de dictámen a elaborar o de los fines o propósitos para los que sea practicado, todo avalúo requiere necesariamente de la elección experta de un método de valuación, el cual debe ajustarse a las técnicas que en la práctica valuatoria se consideran aceptables, lo que ofrece una gran confiabilidad e imparcialidad en los mismos y es precisamente lo que justifica y avala la actuación del Corredor Público como perito valuador y al propio tiempo fundamenta los dictámenes emitidos por el mismo.